Para crear una Asociación hay que contar con, al menos tres personas, y hay que dar los siguientes pasos:
Celebración de la Asamblea Constitutiva, en la que se nombra una Junta Gestora o Junta Directiva provisional.
Elaborar el Acta Fundacional o de Constitución, donde conste el propósito de varias personas naturales que, con capacidad de obrar acuerden voluntariamente servir a un fin determinado de conformidad a sus estatutos. Firmado por todos los socios, no tiene que hacerse más que en documento privado ( no hay por qué ir al notario). Debe constar nombre y apellidos de los firmantes, así como su número de D.N.I. y su domicilio, así como los nombres de los cargos elegidos.
Elaborar los Estatutos de la Asociación.
Rellenar la solicitud por duplicado, firmada por uno de los socios fundadores. Presentación en el plazo de cinco días desde la fecha del Acta Constitutiva ante el Registro de Asociaciones a nivel local y de la Delegación Territorial de la Junta en la provincia correspondiente; también se puede solicitar a la Comunidad Autónoma o al Ministerio del Interior, dependiendo del ámbito de actuación.
Pagar las tasas, en la cuenta que nos indiquen en el registro.
La Asociación tendrá personalidad propia como persona jurídica y por ello tiene un nombre, un domicilio y un patrimonio propio.
Una vez constituida la Asociación hay que solicitar la tarjeta del C.I.F. y legalizar los Libros de Actas, Socios y Contabilidad.
En resúmen:
Paso 0 (informal, pero muy importante): Ponerse de acuerdo las personas que deseen constituir la asociación en:
qué es lo que quieren conseguir,
qué tipo de actividades estan preparados para realizar,
qué cantidad de tiempo personal pueden dedicar a la asociación,
qué desembolsos económicos están dispuestos a realizar,
etc.
Paso 1: Redactar unos estatutos pero adaptarlos a la realidad de la asociación propia.
Paso 2: Reunirse para firmar el acta de constitución y los estatutos. Ambos documentos han de ser firmados por triplicado por todos los asistentes en todas sus páginas. Desde este momento la asociación existe legalmente pero hasta dar los pasos siguientes no le es posible realizar algunas actividades, por ejemplo, tener una cuenta corriente. Ojo: Tanto los estatutos como el acta de constitución deben ajustarse a los dispuesto en la Ley de Asociaciones.
Paso 3: Presentar toda la documentación anterior en el registro de asociaciones correspondiente (normalmente será en la Delegación de Gobernación o de Justicia de la Comunidad Autónoma)
Paso 4: Una vez recibida la contestación del registro (pueden tardar un mes o dos),
1. Reunirse en Asamblea Extraordinaria para nombrar la Junta Directiva y tomar otros acuerdos que se consideren necesarios.
2. Ir a la Delegación de Hacienda para pedir un NIF (hacer constar claramente que se trata de una asociación sin ánimo de lucro.
3. Abrir una cuenta corriente.
4. Establecer el método para cobrar las cuotas.
Paso 5: A trabajar y no desanimarse, que será duro. Es importante contar con asistencia jurídica de alguien con experiencia en estos temas.
Fuente y autor de los contenidos de este artículo: Fundación Gestión y Participación Social. Guía de gestión de entidades sin ánimo de lucro. "Introducción a las Asociaciones".
1. Contactando con personas mayores de 14 años y menores de 30, que voluntariamente deseen juntarse con fines de promoción, formación, integración social o utilización del tiempo libre sin ánimo de lucro. Los menores de 14 años y los mayores de 30 pueden pertenecer a una asociación juvenil, pero no con pleno derecho; podrán participar en las reuniones con voz pero sin voto y no podrán pertenecer a los órganos directivos.
2. Redactando un acta de constitución o acta fundacional en la que se especificarán los fines de la asociación (que luego se reflejarán más ampliamente en los estatutos), así como el listado de miembros fundadores (por lo menos tres). Para ver un Modelo de Acta fundacional puedes revisar la página web del Consello da Xuventude de Galicia.
3. Redactando unas normas y estatutos de la asociación en los que habrán de reflejarse, como mínimo, los siguientes datos: Denominación Ámbito geográfico Domicilio social Objetivos de la asociación Órganos directivos Límite del presupuesto anual (cantidad máxima que podrá mover la asociación). A modo de ejemplo te ofrecemos este Modelo de Estatutos(orientativo).
4. Registrando la Asociación en los Registros de Asociaciones de las Delegaciones Provinciales de la Consellería de Xustiza, Interior e Relacións Laborais (en el caso de Galicia), durante los 5 días hábiles a partir de la fecha de constitución de la asociación. Habrá que remitir la siguiente documentación: Copia por triplicado del Acta y de los Estatutos, firmados por los fundadores en todas sus hojas. Instancia por triplicado en la que se solicitará al Delegado Provincial la inscripción de la asociación juvenil en el registro correspondiente.
5. Solicitando el Código de Identificación Fiscal (C.I.F.). Hay que presentar el impreso correspondiente en Hacienda, acompañado de la siguiente documentación: Copia de los Estatutos sellados en el Registro de Asociaciones. Certificación del Registro de Asociaciones donde aparezcan los datos relativos al registro.
6. Solicitud de exención de I.V.A. en la Delegación de Hacienda. Habrá que presentar: Código de Identificación Fiscal -C.I.F-. Original y copia del Acta de constitución y de los Estatutos. Certificación conforme la asociación está inscrita en el censo legal correspondiente. Certificación del secretario con el conforme sobre el cumplimiento de la asociación de los requisitos legales para obtener la exención (ser asociación legal sin ánimo de lucro) Esta exención se refiere a la obligación de añadir el I.V.A. a vuestras cuotas por servicios o actividades, pero no al I.V.A. que hay que pagar a vuestros proveedores o en vuestras facturas.